El Ministerio del Interior ha activado desde el lunes 2 de diciembre de 2024 el nuevo registro documental sobre las actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor.
Desde este enlace https://sede.mir.gob.es/opencms/export/sites/default/es/procedimientos-y-servicios/hospedajes-y-alquiler-de-vehiculos/ se podrá cursar el alta del establecimiento, así como la comunicación de los datos incluidos en los Anexos del Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre
Determinadas indemnizaciones quedarán exentas de IRPF sin necesidad de ser fijadas por un juez
Tras la aprobación de la nueva Ley de Eficiencia de la Justicia, a partir del 3 de abril, ya no será necesario que un juez determine el importe de ciertas indemnizaciones para que estas queden exentas de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas....